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Uruguay gana juicio internacional por Aratirí y podrá cobrar US$ 4 millones por las costas del litigio

Foto de archivo Uruguay obtuvo un nuevo fallo favorable por Aratirí : el Tribunal de Apelación de París rechazó el pedido de anulación del laudo que había desestimado una demanda de US$ 3.536 millones contra el Estado .
La resolución del 27 de octubre de 2026 mantiene vigente la decisión arbitral de 2020 y habilita al gobierno a avanzar en Francia para cobrar las costas adeudadas.
El crédito reconocido a Uruguay asciende a US$ 4.097.149,25 por los costos del arbitraje original.
A esa obligación se agregan 300.000 euros impuestos a los demandantes por las costas judiciales del proceso de anulación.
El pronunciamiento fortalece la posición del Estado en un litigio iniciado en 2017 por inversores vinculados al proyecto de extracción de hierro en Valentines.
Qué resolvió el Tribunal de Apelación de París La justicia francesa rechazó la solicitud presentada por Vinita Agarwal, Prenay Agarwal y Ritika Mehta , integrantes de la familia vinculada a Zamin Ferrous, de la que dependía Aratirí.
Los demandantes pretendían dejar sin efecto el laudo que les había resultado adverso y que ordenaba reembolsar a Uruguay una parte de los gastos de su defensa.
El tribunal consideró que el planteo buscaba una revisión del fondo del asunto que excedía las competencias del juez encargado de controlar la regularidad del laudo.
Al rechazar la anulación, mantuvo sus efectos jurídicos.
La decisión preserva así el resultado favorable obtenido por Uruguay en el arbitraje, después de un recorrido judicial que incluyó resoluciones contrapuestas en Francia.
Un reclamo de US$ 3.536 millones por el proyecto minero La demanda comenzó en 2017 , luego de que no prosperara el proyecto de explotación de hierro en la zona de Valentines.
Los inversores atribuyeron al Estado uruguayo la responsabilidad por la frustración del emprendimiento y reclamaron una indemnización de US$ 3.536 millones , el mayor reclamo monetario contra el país de acuerdo con la información del caso.
Su argumento fue que distintas acciones y omisiones estatales entre 2012 y 2017 habían configurado una expropiación ilícita progresiva.
También alegaron incumplimientos de las garantías de trato justo y equitativo previstas en el convenio de protección de inversiones entre Uruguay y Reino Unido.
Esas fueron las pretensiones de los demandantes; el arbitraje terminó con una decisión favorable al Estado sobre la jurisdicción.
Por qué el laudo de 2020 favoreció a Uruguay El tribunal arbitral acogió una objeción de jurisdicción presentada por la defensa uruguaya.
Según el comunicado oficial difundido en 2020, los reclamantes eran beneficiarios discrecionales de un fideicomiso que tenía indirectamente cierta titularidad sobre el proyecto, pero no eran titulares de un bien protegido por el convenio al momento de los hechos.
Por ese motivo, el tribunal entendió que carecían de legitimación para presentar esa pretensión sobre la inversión.
El laudo, conocido en agosto de 2020, desestimó el reclamo y fijó el reembolso de los costos.
El procedimiento se desarrolló bajo las reglas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, en el marco de la Corte Permanente de Arbitraje.
De la anulación de 2023 al nuevo fallo de 2026 Dos meses después del laudo, los tres demandantes promovieron un recurso de anulación .
En febrero de 2023, el Tribunal de Apelación de París les dio la razón y anuló la decisión arbitral.
Uruguay impugnó ese pronunciamiento ante la Corte de Casación de Francia , el máximo tribunal del orden judicial francés.
En abril de 2025 , la Corte de Casación dejó sin efecto la sentencia de apelación al considerar que se habían excedido los límites de revisión.
Restableció los efectos del laudo y devolvió el asunto para un nuevo examen.
Ese recorrido desembocó en el fallo del 27 de octubre de 2026 , que rechazó la solicitud de anulación de los inversores.
La defensa del Estado y la audiencia en París En esta etapa, las autoridades uruguayas, encabezadas por el prosecretario de Presidencia, Jorge Díaz , reforzaron el equipo jurídico con los estudios Asafo & Co.
y Gaillard Banifatemi Shelbaya .
La estrategia apuntó a sostener la validez del laudo ante las instancias judiciales francesas que revisaban la impugnación.
La audiencia de alegatos finales se celebró el 29 de junio de 2026 ante el Tribunal de Apelación de París.
Participaron el director general de Presidencia, Diego Pastorín , y el embajador uruguayo en Francia, Enrique Loedel.
Cuatro meses después, el pronunciamiento mantuvo el resultado arbitral que el Estado defendía desde 2020.
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